domingo, 25 de febrero de 2007

INSPECCIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO EN LAS OBRAS

En visita a la localidad de Villa Gesell, profesionales locales me manifestaron que les habían llegado intimaciones del Ministerio de Trabajo, por el cobro de deudas con dicho ministerio por obras que permanecían con cartel, donde se tomaban los datos de estos y luego se procedía a intimar el pago por todas las retenciones supuestas, sobre el personal de, aun cuando no había gente en la obra o estas terminadas permanecían con cartel.
Es evidente que el animo recaudatorio del estado apunta a querer “hacerse la temporada”, al mejor estilo como llamamos los residentes de localidades veraniegas a los “comerciantes golondrinas”, esta vez con la investidura de estado.
Por supuesto que este tipo de operativo habla de la eterna ineficacia e ignorancia del estado para recaudar y combatir el trabajo en negro, y de funcionarios que ignoran las realidades socioeconómicas de las localidades turísticas, que han tenido que soportar las mas severas crisis que vivió el país sin pedir un mísero centavo al estado, y no haber estado prendido de la teta ,como lo están los funcionarios estatales que quieren justificar su existencia persiguiendo justamente a quienes no tienen que perseguir , apuntando en la dirección equivocada, creyéndose los Eliot Ness, cuando lo que están haciendo es pasarse una regia temporada con gastos pagos, y jugando a una suerte de “batalla naval”,pensando que “si tiro, le puedo pegar al barco de la evasión”.
Bien, la pregunta es ¿que hacer en estos casos?: una de las posibilidades es tener un “ANEXO DEL CONTRATO POR TAREAS PROFESIONALES” (ver formularios publicados en enero), donde diga:
Primero: El Sr................................., como comitente toma a su exclusivo cargo la ejecución de la Obra como empresario por ADMINISTRACION.
En consecuencia, asume expresamente bajo su exclusiva responsabilidad, los puntos que a continuación se expresan ;
1. La contratación del personal , el pago de sus renumeraciones , aportes legales ( Obras sociales ,provisionales ,sindicales ,etc. ) , indemnizaciones y cualquier otro crédito laboral , como así también ,toda responsabilidad laboral ,civil y / o penal que pudiera derivar de dicha relación ,conforme lo determinan las normativas vigentes .
2. La contratación de los seguros de riesgo por accidentes de trabajo, de vida y cualquier otro que exigen las normas que rigen la actividad.
3. El cumplimiento de las normas sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo y Medicina Laboral.
4. La compra de la totalidad de materiales que demande la construcción de la obra.
Segundo : El Sr. .........................,firma también los planos municipales en calidad de CONSTRUCTOR al sólo efecto de cumplimentar el requisito exigido por el Municipio .En consecuencia ,dicha firma se realiza con el único alcance de RESPONSABILIDAD TECNICA por aplicación de las reglas del arte de construir .Queda específicamente estipulado que esta actitud no trae aparejado el cumplimiento del rol empresario ,con sus consecuentes responsabilidades y obligaciones ,atento que conforme lo estipulado en la cláusula anterior ,dicho rol lo ejerce de manera exclusiva y excluyente del COMITENTE .
Si bien, no es una solución directa al problema, puede de alguna manera deslindar las responsabilidades ante el fisco y la justicia, a la hora de aclarar los roles, si la obra se encuentra ejecutada, y el propietario se niega a firmar dicho anexo, recomiendo presentarlo a manera de aclaración ante el Colegio profesional, para que este tome conocimiento de la actuación frente a la obra, y luego agregar copia en el expediente municipal respectivo.

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