jueves, 29 de septiembre de 2011

ELECCIONES EN COLEGIO DE TÉCNICOS 2011

TÉCNICOS PARA EL CAMBIO ELECCIONES 26 DE OCTUBRE DE 2011
LISTA TÉCNICOS PARA EL CAMBIO

PRESIDENTE.................... MMO. SUSANA V. DE ANGELI M.D. PLATA

SECRETARIO.................... Tco.Eletrom. DANIEL A. BRISUELA M.D. PLATA

TESORERO....................... MMO. DARIO VILLANUEVA Pdo. de la COSTA

1º VOCAL TIT.................... MMO. FRANCO H. RICARDO TANDIL

2º VOCAL TIT.................... MMO. RICARDO CONZALEZ Pdo. de la COSTA

3º VOCAL TIT.................... Const. Nac. ANA C. MILOTICH Mar Chiquita

1º VOC. SUP...................... MMO. DULIO A. GALLI M.D.PLATA

2º VOC. SUP...................... MMO. HUGO R. AYALA PINAMAR

3º VOC. SUP...................... MMO. IRIS S. CALANCHA M.D. PLATA

VOC. TIT. CONS. SUP...... MMO. JULIO C. VIA TANDIL

VOC. SUP. CONS SUP.... MMO. GUSTAVO A. ACEVEDO M.D. PLATA

APOD. TITULAR................ MMO. ENRIQUE G. GARCIA M.D. PLATA

APOD. SUP........................ MMO. MARÍA R. ARRIBAS M.D. PLATA

PROPUESTAS

  • INTERVENIR ante los organismos públicos y privados, proponiendo la obligatoriedad de participación de los técnicos con distintas incumbencias: Tec. Gasistas, Inst. Electromecánicos, Inst. Sanitarias, Tec. en Seg. E Higiene, Tec. Mecánicos, en Alimentos, Químicos; que en su mayoría no son considerados.
  • PROPONER ante los municipios un SISTEMA DINÁMICO para la aprobación de la documentación técnica, desvinculando el dominio y las deudas fiscales de otras obras.
  • AMPLIAR el APOYO LEGAL Y CONTABLE que permita el asesoramiento a los matriculados, no solo en la sede central sino también en las DELEGACIONES.
  • ANALIZAR el presupuesto aprobado para asegurar el funcionamiento de todas las DELEGACIONES.
  • LOGRAR para los matriculados SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, orientado para los profesionales DIRECTORES DE OBRAS.
  • PROMOVER el dictado permanente del Seminario de Introducción a la profesión para los nuevos matriculados con el fin de permitir más rápida inserción laboral desde los centros de base.
  • CREAR bibliotecas de texto y virtuales en sede central y delegaciones.
  • IMPULSAR el funcionamiento de comisiones de trabajo por especialidad integradas por colegas de todas las localidades que quieran participar, apoyando sus iniciativas que permitan la generación de nuevas fuentes de trabajo para todo el DISTRITO.
  • FORTALECER a los Centros de Base como Instituciones para la CREACIÓN DE ESCUELA DE DIRIGENTES, con una constante colaboración e incentivando su fortalecimiento.
  • GENERAR una nueva propuesta para la difusión de las actividades de nuestro Colegio Profesional con una nueva modalidad de Boletín Informativo, que llegue a los domicilios de los matriculados DE TODO EL DISTRITO.
  • DISPONER al alcance de los COLEGIADOS, mediante sistema informático, base de datos catastrales.
  • OPTIMIZAR los recursos humanos, técnicos y edilicios de la Sede Central del Distrito y Delegaciones.
  • CONTROLAREMOS como Entes naturales de la Caja la aplicación de los Artículos 31º y 32º de la Ley 12.490.
  • EJERCER la defensa de las incumbencias de la rama Construcciones en el PDO DE GRAL. PUEYRREDON.
  • EQUIDAD en el presupuesto de Distrito para las DELEGACIONES.
  • APOYAMOS la iniciativa del Instituto Superior de Formación Profesional del Colegio de Técnicos de la Pcia de Buenos Aires, y acompañaremos la realización de las carreras a distancia.
  • LOGRAMOS la ampliación del horario, visado y timbrado de la Sede de Distrito.
  • EL COLEGIO DE TECNICOS DEL DISTRITO será de uso exclusivo para el control del ejercicio profesional, y todas las actividades que se desarrollan en el ámbito colegial será para el matriculado exclusivamente.
  • APOYAR la creación de la Mutual, instrumento para ampliar la seguridad social y seguros.
  • SEPARAR de la Institución Colegial las actividades políticas partidarias.

PONER LA INSTITUCIÓN COLEGIAL AL SERVICIO DE LOS MATRICULADOS

LA REAL PUESTA EN VIGENCIA DE LA LEY 10.411

domingo, 2 de marzo de 2008

CUANDO NO SE ES EL CONSTRUCTOR DE LA OBRA

COLEGIO DE TECNICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ley 10411
ANEXO DEL CONTRATO DE TAREAS PROFESIONALES
En la ciudad de................. a los...........días del mes........................ del año.................................. ( ), Las partes firmantes DEL CONTRATO DE TAREAS PROFESIONALES de................ de fecha / / / por un lado el Sr.: ............................ como COMITENTE y por el otro el..............................., matricula N °.................... Del COLEGIO DE TECNICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES en su carácter de PROFESIONAL, para la obra ubicada en calle........................................... Circ. : ...........; Sección : ....................; Fr ...................; Ch ................; Qta ......... ; Manz : ....; Parcela : ........ , convienen en celebrar las siguientes cláusulas y condiciones que conformaran como ANEXO del contrato principal y suscripto entre las partes.
Primero: El Sr................................., como comitente toma a su exclusivo cargo la ejecución de la Obra como empresario por ADMINISTRACION.
En consecuencia, asume expresamente bajo su exclusiva responsabilidad, los puntos que a continuación se expresan;
1. La contratación del personal , el pago de sus renumeraciones , aportes legales ( Obras sociales ,provisionales ,sindicales ,etc. ) , indemnizaciones y cualquier otro crédito laboral , como así también ,toda responsabilidad laboral ,civil y / o penal que pudiera derivar de dicha relación ,conforme lo determinan las normativas vigentes .
2. La contratación de los seguros de riesgo por accidentes de trabajo, de vida y cualquier otro que exigen las normas que rigen la actividad.
3. El cumplimiento de las normas sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo y Medicina Laboral.
4. La compra de la totalidad de materiales que demande la construcción de la obra.
Segundo : El Sr. .........................,firma también los planos municipales en calidad de CONSTRUCTOR al sólo efecto de cumplimentar el requisito exigido por el Municipio .En consecuencia ,dicha firma se realiza con el único alcance de RESPONSABILIDAD TECNICA por aplicación de las reglas del arte de construir .Queda específicamente estipulado que esta actitud no trae aparejado el cumplimiento del rol empresario ,con sus consecuentes responsabilidades y obligaciones ,atento que conforme lo estipulado en la cláusula anterior ,dicho rol lo ejerce de manera exclusiva y excluyente del COMITENTE .
En prueba de conformidad, las partes firman cinco (5) ejemplares de un mismo y a un solo efecto en la ciudad de........................a los. ............................( ) días del mes de........................... de..................... ( ).
................................. ............................................
Firma Comitente Firma y sello del Profesional

Modelo de Censo de Carga

Este Modelo de Censo de Carga lo presente, como sugerencia al Colegio de Distrito, porque creo conveniente que alla una uniformidad en el documento, por el cual algunas prestadoras como E.D.E.A., habilitan medidores con intervencion del matriculado.

CensodeCargaejemploblog.docx

NUEVA PLANILLA PARA ART.29

Esta planilla es la que se usa para liquidar el Art.29, a partir del 26/12/2007, que es la fecha de entrada en vigencia de la ley 13753.En la que no descuenta el aporte del honorario tanto sea de medicion o informe tecnico.La planilla es para obras de Arquitectura en la actualidad estoy trabajando en una para Ingenieria, para enviar a la Caja.
RESOLUCION263anexo.doc

viernes, 18 de enero de 2008

Nueva forma de Liquidar Art.29

Existe una nueva modalidad de liquidar el Art.29, por nueva ley que modifica dicho Art.29.
Donde no se puede descontar los aportes por medicion.CONSULTAR

miércoles, 16 de mayo de 2007

Resolución Nº 173/95 SOBRE SUPERFICIES SEMI-CUBIERTAS

VISTO

Que oportunamente este Consejo Superior por Resolución 171/95 estableció las normas aclaratorias para la determinación y forma de computar las superfidies semi-cubiertas, aleros y similares en las edificaciones.

Que esto adquiere especial relevancia a los efectos de la clasificación de viviendas para la aplicación del art. 25º del decreto 6964/65.

Que se hace necesario dictar una norma que clarifique los conceptos y definiciones establecidos en la citada resolución y

CONSIDERANDO

Que son superficies semi-cubiertas aquellas que carecen de cerramientos laterales.

Que siendo la función de alero, en general, la de constituir una protección de los muros, su medida en proyección horizontal no debe pasar un límite máximo, ya que excediendo éste, se transformaría en galería, o sea en una superficie semi cubierta.

Por todo lo expuesto, este Consejo Superior en uso de las atribuciones que le son propias:

RESUELVE

Art. 1- Considéranse superficies semi-cubiertas aquellas que carecen de cerramientos laterales por el 50 % o más de sus perímetros.

Art. 2- Las superficies definidas como semi-cubiertas se calcularán al 50 % del valor de las superficies cubiertas,

Art. 3- No se considerarán como superficies, los aleros cuya saliente máxima no sobrepase los 80 cm. medidos en proyección horizontal.

Art. 4- Deróguese la resolución Nº 171/95.

Art. 5- Dése a conocimiento de os Colegios de Distrito, Tribunal de Disciplina y archívese.